La Sala Especial del
61 del Tribunal Supremo rechazó hoy por unanimidad el escrito del
sindicato Manos Limpias, en el que solicitaba que el alto tribunal impidiera
la Asamblea de Batasuna en Barakaldo (Bizkaia) el próximo día
21, al considerar que esta entidad carece de legitimación para efectuar
esta petición de acuerdo con la Ley de Partidos Políticos.
Sin embargo, el alto tribunal señala en el auto de inadmisión
que esta decisión no "prejuzga" los hechos y comportamientos
delictivos denunciados por Manos Limpias y añade que del escrito
de esta organización "se desprende la existencia de una 'noticia
criminis'", por lo que da traslado al Ministerio Fiscal de esta resolución
y del citado escrito "a los efectos oportunos".
La Sala del 61, que ilegalizó Batasuna en marzo de 2003, señala
que es el fiscal el que tiene "constitucionalmente atribuida la defensa
de la legalidad y de los derechos fundamentales de los ciudadanos"
para investigar si la convocatoria del próximo jueves es delictiva.
Los 16 magistrados que componen esta Sala estuvieron reunidos por alrededor
de tres horas para estudiar el escrito finalmente inadmitido.
En cualquier caso, el alto tribunal rechaza la solicitud de Manos Limpias
presentada el pasado día 12 al afirmar que no está legitimado
para intervenir en la ejecución de la sentencia de ilegalización
de Batasuna. En este sentido, añade que la función constitucionalmente
atribuida a los sindicatos "no alcanza a transformarlos en guardianes
abstractos de la legalidad" y recuerda, además, que existe un
defecto formal en la solicitud de esta organización, ya que presentó
su escrito sin la intervención de un procurador.
En abril de 2005, la Sala del 61 del Supremo ya rechazó por esas
razones formales una petición del Centro de Estudios Jurídicos
"Tomás Moro", que reclamó entonces la ilegalización
del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) por ser sucesor de Batasuna.
El Supremo no aceptó la petición por falta de legitimación
para hacer esa reclamación del citado centro de estudios, añadiendo
que ello no prejuzgaba la suerte que pudiese correr otro proceso que fuese
instado por las partes legitimadas para hacer esa petición, es decir,
la Fiscalía o la Abogacía del Estado.
Del mismo modo, el pasado día 10, el presidente del Supremo ya recordó
que las partes que podían solicitar medidas contra la Asamblea de
Batasuna del día 21 eran la Fiscalía y la Abogacía
del Estado.
El Supremo
rechaza la petición de Manos Limpias para impedir la asamblea de Batasuna
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